Los Sábados y Domingos
Lunes 6 de febrero (en conmemoración del 5 de febrero)
Lunes 20 de marzo (en conmemoración del 21 de marzo)
Miércoles 5, jueves 6 y viernes 7 de abril
Lunes 1 de mayo y viernes 5 de mayo
Viernes 1 de septiembre
Jueves 2 y lunes 20 de noviembre
Lunes 25 de diciembre
Para la recepción y tramitación de las solicitudes de Acuerdos Conclusivos se considerarán inhábiles los días que comprenden los periodos vacacionales del año 2023 a que se refiere el artículo SEGUNDO del presente acuerdo general.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente suspenderá actividades con motivo de los periodos vacacionales del año 2023, durante los días comprendidos del lunes 17 al viernes 28 de julio de 2023, reanudando labores el lunes 31 de julio del mismo año y del lunes 18 de diciembre de 2023 al martes 2 de enero de 2024, reanudando labores miércoles 3 de enero de 2024, por lo que en dichos periodos no se computarán los plazos legales en los procedimientos tramitados ante las unidades administrativas adscritas a esta Procuraduría.
Se exceptúa de la suspensión de actividades con motivo de los períodos vacacionales del año 2023 a que hace referencia el artículo SEGUNDO del presente acuerdo a las unidades administrativas que integran la Secretaría General, cuyo personal gozará de sus periodos vacacionales conforme las cargas de trabajo lo permitan; por lo que para dichas áreas y unidades administrativas, seguirán corriendo los plazos y términos legales en los actos, trámites y procedimientos que se sustancien ante ellas.”