Prestadoras de servicios especializados

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Prestación de Servicios Especializados y Ejecución de Obras Especializadas

 

Registro de Prestadoras de Servicio Especializados u Obras Especializadas

Antecedentes

El artículo 12 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) vigente a partir del 24 de abril de 2021, prohíbe la subcontratación de personal, sin embargo, el diverso 13 del mismo ordenamiento legal, permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas y para ello, el contratista deberá contar con el registro respectivo ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), quien tiene la facultad de pronunciarse respecto a la procedencia, improcedencia, renovación o cancelación del registro.

Análisis

En términos del artículo 53 de los Lineamientos que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), el dictamen recaído a la consulta especializada presentada por un contribuyente, únicamente podrá versar sobre interpretaciones normativas de disposiciones fiscales o aduaneras cuando estén relacionadas con el acto de autoridad materia de la consulta, sin que en éste se pueda reconocer un derecho subjetivo, la declaratoria de legalidad o inconstitucionalidad del acto materia de la consulta.

De acuerdo con las disposiciones laborales corresponde a la STPS determinar si una persona física o moral está o no obligada a registrarse en el REPSE; por ello, al ser un tema meramente de carácter laboral, PRODECON no tiene atribuciones para pronunciarse sobre el mismo; sin embargo, al quedar involucrado obligaciones en materia tributaria que ante el incumplimiento pudieran generar contingencias fiscales a los pagadores de impuestos, como lo es en la deducción del ISR o acreditamiento del IVA, para garantizar sus derechos fundamentales, A MANERA DE ORIENTACIÓN, el Ombudsperson fiscal en el dictamen de la consulta especializada podrá emitir su opinión, apoyándose en su caso, en la “Guía para cumplir con las obligaciones en materia de registro en el REPSE para las personas físicas o morales que ejecuten servicios u obras especializadas, en el marco de la reforma en materia de Subcontratación” expedida por la STPS el 26 de agosto de 2021.

Si deseas presentar una consulta especializada puedes hacerlo vía oficialía de partes de oficinas centrales de PRODECON o delegación, o bien, enviarlo al correo electrónico analisis.sistemicos@prodecon.gob.mx