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Manuel Hallivis Pelayo
Magistrado Presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Muy buenos días a todas y todos ustedes. Procuradora Doña Diana
Bernal Ladrón de Guevara, muy querida amiga mía, le agradezco
su amable invitación para participar en este foro internacional de
procedimientos alternativos de solución de diferendos en materia
tributaria.
Distinguido señor Doctor Don Miguel Messmacher Linartas,
Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público; estimado señor Doctor Don Claus Von Wobeser,
Vicepresidente de la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara
de Comercio Internacional; estimado Contador Público Don Miguel
Ortiz Aguilar, Presidente de la International Fiscal Association Grupo Mexicano; Doctor Hugo
Eduardo Beteta Méndez Ruíz, Director Subregional de la CEPAL en México; señoras y señores.
Como ustedes saben, el sistema fiscal federal mexicano se basa en la autodeterminación de los
gravámenes: la autoridad espera que sea el contribuyente por sí solo y en forma espontánea,
quien establezca cuánto es lo que tiene que pagar al Estado para contribuir al gasto público.
Cuando ello no sucede, el Estado y la sociedad son quienes resienten las consecuencias de esa
omisión. El incumplimiento de las obligaciones fiscales trae como consecuencia una reducción en
los ingresos del Estado que merma las posibilidades de alcanzar sus fines de justicia distributiva
y desarrollo.
Asimismo, la carga de los gastos públicos recae con mayor peso en el resto de los contribuyentes,
lo que se traduce en una distorsión del principio de equidad tributaria que produce graves
repercusiones tanto sociales como económicas. Sin embargo, para inducir el cumplimiento,
la autoridad debe apoyarse en instrumentos de asistencia al contribuyente, así como en
instrumentos de control y verificación de obligaciones que, con absoluto respeto a los derechos
del contribuyente, motiven el pago masivo, espontáneo, oportuno y correcto.
El reto radica en concientizar a la sociedad sobre las implicaciones que conlleva el incumplimiento
de las obligaciones fiscales y el cumplimiento del deber cívico de contribuir al gasto público.
Es por ello que resulta indispensable la implementación de instrumentos que motiven a los
contribuyentes al cumplimiento de sus obligaciones.
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