Page 158 - Cultura contributiva en 12
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otra parte, la mujer que dirige un negocio ahorrará tiempo en el
cumplimiento de sus obligaciones fiscales ya que después de haber
emitido facturas y registrado los ingresos y gastos, podrá realizar las
declaraciones que correspondan a través del mismo sitio electrónico
del SAT, pudiendo ver el total de impuestos a pagar.
Para obtener los beneficios mencionados se requiere: entregar facturas
a los clientes por ventas o prestaciones de servicios; registrar los ingresos
y gastos que se realicen, así como las inversiones y deducciones;
pagar con tarjeta de débito, crédito, o de servicios, o con cheque los
gastos mayores a dos mil pesos que quiera deducir; en caso de tener
trabajadores, retenerles el ISR y enterarlo cada dos meses al SAT; y
declarar los ingresos y gastos del negocio de forma bimestral.
Como facilidades administrativas adicionales para quienes deseen
inscribirse al RIF: 13
La declaración bimestral del periódo enero-febrero puede entregarse
con la del periódo marzo-abril; es decir, en mayo.
Podrán acceder a créditos del programa especial dirigido a pequeños
negocios, a través de la red de intermediarios de Nacional Financiera.
Podrán recibir apoyos para capacitación administrativa y adquisición
de tecnología, a través del Instituto Nacional del Emprendedor.
Podrán gozar de facilidades para el pago de las cuotas obrero
patronales.
13 Cfr., Regla I.3.22.9 y artículo quinto transitorio del Proyecto de Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución
Miscelanea Fiscal para 2014, publicado el 14 de febrero de 2014, http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Paginas/
modificaciones.aspx. Fecha de consulta: 27 de febrero de 2014.
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cumplimiento de sus obligaciones fiscales ya que después de haber
emitido facturas y registrado los ingresos y gastos, podrá realizar las
declaraciones que correspondan a través del mismo sitio electrónico
del SAT, pudiendo ver el total de impuestos a pagar.
Para obtener los beneficios mencionados se requiere: entregar facturas
a los clientes por ventas o prestaciones de servicios; registrar los ingresos
y gastos que se realicen, así como las inversiones y deducciones;
pagar con tarjeta de débito, crédito, o de servicios, o con cheque los
gastos mayores a dos mil pesos que quiera deducir; en caso de tener
trabajadores, retenerles el ISR y enterarlo cada dos meses al SAT; y
declarar los ingresos y gastos del negocio de forma bimestral.
Como facilidades administrativas adicionales para quienes deseen
inscribirse al RIF: 13
La declaración bimestral del periódo enero-febrero puede entregarse
con la del periódo marzo-abril; es decir, en mayo.
Podrán acceder a créditos del programa especial dirigido a pequeños
negocios, a través de la red de intermediarios de Nacional Financiera.
Podrán recibir apoyos para capacitación administrativa y adquisición
de tecnología, a través del Instituto Nacional del Emprendedor.
Podrán gozar de facilidades para el pago de las cuotas obrero
patronales.
13 Cfr., Regla I.3.22.9 y artículo quinto transitorio del Proyecto de Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución
Miscelanea Fiscal para 2014, publicado el 14 de febrero de 2014, http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Paginas/
modificaciones.aspx. Fecha de consulta: 27 de febrero de 2014.
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