Page 23 - Cultura contributiva en 12
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VII. A modo de conclusión
El derecho a un medio ambiente sano es un derecho humano
consagrado en el artículo 4° de nuestra Constitución Política, por lo
que corresponde al Estado garantizar su pleno respeto, de modo que el
daño y deterioro medioambiental genere responsabilidad para quien
lo provoque.
Como se ha visto a lo largo de estas breves líneas, en la implementación
de políticas públicas de carácter medioambiental, el Estado se puede
valer del instrumento fiscal para que las personas que contaminen o de
cualquier forma causen una afectación al medio ambiente, resientan
la carga social de sus acciones. En este sentido, los impuestos verdes
pueden ser una opción para proteger, conservar, mejorar y prevenir que
se dañe el medio ambiente.
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El derecho a un medio ambiente sano es un derecho humano
consagrado en el artículo 4° de nuestra Constitución Política, por lo
que corresponde al Estado garantizar su pleno respeto, de modo que el
daño y deterioro medioambiental genere responsabilidad para quien
lo provoque.
Como se ha visto a lo largo de estas breves líneas, en la implementación
de políticas públicas de carácter medioambiental, el Estado se puede
valer del instrumento fiscal para que las personas que contaminen o de
cualquier forma causen una afectación al medio ambiente, resientan
la carga social de sus acciones. En este sentido, los impuestos verdes
pueden ser una opción para proteger, conservar, mejorar y prevenir que
se dañe el medio ambiente.
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