Page 129 - Cultura contributiva en 12
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de competencias que son indisponibles y que, por tanto,
deben ser ejercidas.6
Esto es, no se pacta sobre los elementos estructurales del tributo, sino
que se busca la mejor apreciación o calificación contable jurídica sobre
los hechos u omisiones de la auditoría fiscal.7
Además, los medios de composición tienen importantes beneficios,
tales como:8
Inciden en una percepción de equidad y justicia en el
funcionamiento del sistema tributario, lo que incentiva el
cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Las partes tienen voz y son escuchadas respecto al conflicto y
su posible solución.
Hay mayores posibilidades de que la solución del conflicto se
ajuste a las necesidades, intereses o circunstancias de ambas
partes.
Los procedimientos se rigen por los principios de informalidad,
flexibilidad, celeridad e inmediatez.
Producen un acuerdo que es más probable que se cumpla y
más propenso a resolver real y finalmente el conflicto.
6 Martínez de Pisón, Juan Arrieta, “Derecho tributario y medios alternativos de solución de controversias”, Anuario de la Facultad de
Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid (AFDUAM), España, 2008, no. 11, p. 175.
7 Ibidem, p. 176.
8 Ibidem, p. 533.
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deben ser ejercidas.6
Esto es, no se pacta sobre los elementos estructurales del tributo, sino
que se busca la mejor apreciación o calificación contable jurídica sobre
los hechos u omisiones de la auditoría fiscal.7
Además, los medios de composición tienen importantes beneficios,
tales como:8
Inciden en una percepción de equidad y justicia en el
funcionamiento del sistema tributario, lo que incentiva el
cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Las partes tienen voz y son escuchadas respecto al conflicto y
su posible solución.
Hay mayores posibilidades de que la solución del conflicto se
ajuste a las necesidades, intereses o circunstancias de ambas
partes.
Los procedimientos se rigen por los principios de informalidad,
flexibilidad, celeridad e inmediatez.
Producen un acuerdo que es más probable que se cumpla y
más propenso a resolver real y finalmente el conflicto.
6 Martínez de Pisón, Juan Arrieta, “Derecho tributario y medios alternativos de solución de controversias”, Anuario de la Facultad de
Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid (AFDUAM), España, 2008, no. 11, p. 175.
7 Ibidem, p. 176.
8 Ibidem, p. 533.
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