Page 11 - Lo que todo contribuyente debe saber 2
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Límites a la facultad para crear impuestos

Hemos observado que el Estado, a través del poder
legislativo, tiene la facultad de crear impuestos. No obstante,
de ninguna manera se trata de una facultad absoluta
o ilimitada que pueda ejercerse de forma caprichosa y
arbitraria, pues los impuestos deben crearse dentro de los
límites que establece la propia Constitución.
Estos límites se configuran como derechos constitucionales
a favor de los pagadores de impuestos. Así, los derechos
que deben satisfacer los impuestos se encuentran en el
artículo 31, fracción IV, constitucional. Estos son: reserva
de ley (legalidad tributaria), capacidad contributiva
(proporcionalidad tributaria), igualdad tributaria (equidad)
y destino al gasto público de los impuestos.

Reserva El Poder Legislativo sólo puede crear impuestos
de ley mediante ley.

Capacidad Al crear los impuestos, el legislador debe respetar
contributiva la capacidad de las personas de pagar, por lo que
los impuestos deben establecerse en relación a los
ingresos de tal manera que, quien tenga más ingresos,
pague más.

Igualdad El legislador debe crear impuestos sin otorgar
tributaria beneficios o privilegios especiales, de tal manera
que todos los que se encuentran en igualdad de
circunstancias, estén obligados de igual manera al
pago de impuestos.

Destino Los impuestos deben crearse para cubrir los gastos
al gasto públicos; esto es, para que el Estado cumpla sus fines y
satisfaga necesidades colectivas.

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