Page 2 - Argumentos de Defensa tope a deducciones Personales
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potencialidad real para contribuir a los gastos públicos, entonces, si esa potencialidad no
es real y no existe esa capacidad contributiva del contribuyente, el resultado es que al
momento en que finalmente se paga el impuesto, no se respeta el principio de
proporcionalidad tributaria, pues este pago se basa en una capacidad irreal del
gobernado.
Ahora bien, el artículo 151, último párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta señala lo
siguiente:
Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los
señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de
las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las
siguientes deducciones personales:
(…)
El monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes en los
términos de este artículo y del artículo 185, no podrá exceder de la cantidad que
resulte menor entre cuatro salarios mínimos generales elevados al año del área
geográfica del contribuyente, o del 10% del total de los ingresos del contribuyente,
incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto. Lo dispuesto en este
párrafo, no será aplicable tratándose de los donativos a que se refiere la fracción III
de este artículo.
De lo anterior se obtiene que el monto total de las deducciones personales que podrán
efectuar los contribuyentes personas físicas en los términos de ese artículo y del artículo
185, no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cuatro salarios mínimos
generales elevados al año del área geográfica del contribuyente, o del 10% del total de
los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto.
De tal manera que el monto máximo que una persona física podrá aplicar por deducciones
personales, será el equivalente a cuatro SMG elevados al año del área geográfica del
contribuyente ($98,243.40 o $93,104.20 según corresponda), es decir, para que una
persona pueda aplicar hasta cuatro SMG requiere obtener ingresos en el ejercicio fiscal
superiores a los $982,243.00 o $931,042.00 según la zona geográfica del contribuyente,
debiendo por lo tanto, aplicar el límite a las deducciones personales establecido por el
legislador de los cuatro SMG.