Page 146 - Trabajo Ganador
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ucibles. En los anexos de este capítulo se puede observar con detalle la
determinación del impuesto del pago provisional y del ejercicio de cada régimen.
La consideración de gastos adicionales a los deducibles, se ha hecho con el objeto de
poder comparar el impuesto efectivamente pagado por cada uno de los contribuyentes
de los distintos regímenes en relación con su base real. Pues no debemos olvidar que
la empresa tiene más gastos productivos, es decir, que aunque su ingreso total sea
equivalente al de un asalariado, en realidad su utilidad es considerablemente menor.
En principio, presentamos en la gráfica 3.b., el ISR del ejercicio sin considerar el
beneficio del subsidio para el empleo, ya que éste es independiente del impuesto
determinado, no es más que un apoyo que recibe el trabajador para cubrir su impuesto
causado.
Podemos apreciar como el ISR del régimen de sueldos es mayor al de los otros dos
regímenes. Esto es lógico pues para determinar la base liquidable del régimen de
actividad empresarial y profesional se consideran mayores gastos productivos y
deducibles, y en el caso del REPECO porque su tasa es del 2%.
Es importante que observemos que para el régimen de sueldos resulta un impuesto a
cargo desde el ingreso más bajo, algo que en la gráfica es difícil de apreciar pues
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determinación del impuesto del pago provisional y del ejercicio de cada régimen.
La consideración de gastos adicionales a los deducibles, se ha hecho con el objeto de
poder comparar el impuesto efectivamente pagado por cada uno de los contribuyentes
de los distintos regímenes en relación con su base real. Pues no debemos olvidar que
la empresa tiene más gastos productivos, es decir, que aunque su ingreso total sea
equivalente al de un asalariado, en realidad su utilidad es considerablemente menor.
En principio, presentamos en la gráfica 3.b., el ISR del ejercicio sin considerar el
beneficio del subsidio para el empleo, ya que éste es independiente del impuesto
determinado, no es más que un apoyo que recibe el trabajador para cubrir su impuesto
causado.
Podemos apreciar como el ISR del régimen de sueldos es mayor al de los otros dos
regímenes. Esto es lógico pues para determinar la base liquidable del régimen de
actividad empresarial y profesional se consideran mayores gastos productivos y
deducibles, y en el caso del REPECO porque su tasa es del 2%.
Es importante que observemos que para el régimen de sueldos resulta un impuesto a
cargo desde el ingreso más bajo, algo que en la gráfica es difícil de apreciar pues
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