Page 174 - Trabajo Ganador
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ento64.
Una de las cuestiones es si se deben considerar como dependientes económicos sólo
los ascendientes y descendientes en línea recta, puesto que no hay que olvidar que hay
muchos casos en los que aunque no hay lazos sanguíneos sí los hay de otro tipo,
ejemplo de ellos es una trabajadora doméstica que lleva una gran parte de su vida, los
hermanos o los tíos65.
Otra complicación es la adecuación del mínimo exento a medida que aumenta el
número de personas por familia. Para este problema usualmente se utilizan las técnicas
de deducciones en la base o en la cuota66. Las cuales suelen ser por gastos médicos,
educación de los hijos, ayuda doméstica, entre otras67.
Además, pueden otorgarse, adicional a las deducciones personales y por hijos,
deducciones a casos especiales, como el ser una familia monoparental formada por
un padre soltero con hijos a cargo, a un preceptor único de renta en un matrimonio, a
quien tiene otros dependientes además de los hijos, así como por tener determinada
edad o alguna discapacidad68.
Si bien podemos ver que las técnicas para garantizar un mínimo exento familiar son
similares a las utilizadas para el mínimo exento personal. En este caso no se utiliza la
técnica de dejar un tramo de la tarifa a sometida a un tipo cero, puesto que la tarifa se
utiliza para respetar el mínimo exento personal de acuerdo al principio de justicia
64 Hay países que tienen criterios adicionales como que el hijo dependiente sea soltero y que no presente
declaración de impuestos. Ver Guerra Reguera, Manuel, Op. cit., pp. 30-40. En otros tienen filtros como
límites de edad, si son estudiantes, desempleados, sirven al ejército, entre otros. Cfr. Zárate Marco,
Anabel, Op. cit., pp. 92. Moreno y Paredes presentan un cuadro resumen de los mecanismos y los tipos
deducciones que utilizan distintos países de la Unión Europea, en Op. cit., pp. 72-76.
65 Cfr. Guerra Reguera, Manuel, Op. cit., pp. 30-31.
66 Cfr. Zárate Marco, Anabel, Op. cit., p. 92.
67 Ver Moreno Moreno, M. Carmen y Raquel Paredes, Op. cit., pp. 76-77.
68 Cfr. Ibid., p. 76.
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Una de las cuestiones es si se deben considerar como dependientes económicos sólo
los ascendientes y descendientes en línea recta, puesto que no hay que olvidar que hay
muchos casos en los que aunque no hay lazos sanguíneos sí los hay de otro tipo,
ejemplo de ellos es una trabajadora doméstica que lleva una gran parte de su vida, los
hermanos o los tíos65.
Otra complicación es la adecuación del mínimo exento a medida que aumenta el
número de personas por familia. Para este problema usualmente se utilizan las técnicas
de deducciones en la base o en la cuota66. Las cuales suelen ser por gastos médicos,
educación de los hijos, ayuda doméstica, entre otras67.
Además, pueden otorgarse, adicional a las deducciones personales y por hijos,
deducciones a casos especiales, como el ser una familia monoparental formada por
un padre soltero con hijos a cargo, a un preceptor único de renta en un matrimonio, a
quien tiene otros dependientes además de los hijos, así como por tener determinada
edad o alguna discapacidad68.
Si bien podemos ver que las técnicas para garantizar un mínimo exento familiar son
similares a las utilizadas para el mínimo exento personal. En este caso no se utiliza la
técnica de dejar un tramo de la tarifa a sometida a un tipo cero, puesto que la tarifa se
utiliza para respetar el mínimo exento personal de acuerdo al principio de justicia
64 Hay países que tienen criterios adicionales como que el hijo dependiente sea soltero y que no presente
declaración de impuestos. Ver Guerra Reguera, Manuel, Op. cit., pp. 30-40. En otros tienen filtros como
límites de edad, si son estudiantes, desempleados, sirven al ejército, entre otros. Cfr. Zárate Marco,
Anabel, Op. cit., pp. 92. Moreno y Paredes presentan un cuadro resumen de los mecanismos y los tipos
deducciones que utilizan distintos países de la Unión Europea, en Op. cit., pp. 72-76.
65 Cfr. Guerra Reguera, Manuel, Op. cit., pp. 30-31.
66 Cfr. Zárate Marco, Anabel, Op. cit., p. 92.
67 Ver Moreno Moreno, M. Carmen y Raquel Paredes, Op. cit., pp. 76-77.
68 Cfr. Ibid., p. 76.
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