Page 1 - Analisis Sistemico 06-2015
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SUBPROCURADURÍA DE ANÁLISIS SISTÉMICO Y ESTUDIOS NORMATIVOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS SISTÉMICO
“2015. Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón”.
EXPEDIENTE: 35-V-A/2014.
ASUNTO: “Imposibilidad para deducir el
pago de honorarios médicos y dentales”.
México, D.F., a 26 de marzo de 2015.
ANÁLISIS SISTÉMICO 06/2015 CON REQUERIMIENTO DE INFORME
Imposibilidad para que las personas físicas deduzcan en su declaración anual el pago de
honorarios médicos y dentales realizado en efectivo.
FUNDAMENTOS
Esta Procuraduría de la Defensa del Contribuyente se encuentra facultada para proteger
y defender los derechos de los contribuyentes, así como investigar e identificar
problemas de carácter sistémico que ocasionen perjuicios a los mismos, con el objeto de
proponer a la autoridad fiscal federal correspondiente, las sugerencias, recomendaciones
y medidas preventivas y correctivas que en su opinión como defensor no jurisdiccional de
derechos procedan; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º, párrafos
primero, segundo y tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
18-B del Código Fiscal de la Federación; 1º, 5º, fracción XI y demás relativos de la Ley
Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 2006; 5º, apartado B, fracción II y 30,
fracciones I, X, XXII y XXV del Estatuto Orgánico de este Organismo, publicado en dicho
medio oficial el 18 de marzo de 2014, así como 66, 67, 69, 70 y demás relativos de los
Lineamientos que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría
de la Defensa del Contribuyente, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de
mayo de 2014; todos interpretados armónicamente.
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