Page 8 - Analisis Sistemico 06-2015
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SUBPROCURADURÍA DE ANÁLISIS SISTÉMICO Y ESTUDIOS NORMATIVOS
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Por lo anterior, con fundamento en los artículos 16 y 70 de los Lineamientos que regulan
el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría de la Defensa del
Contribuyente, notifíquese al Administrador General Jurídico y de Auditoría Fiscal
Federal, ambos del Servicio de Administración Tributaria el contenido del presente
Análisis Sistémico con requerimiento de informe, a efecto de que en un plazo de treinta
días naturales manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia de que esta
Procuraduría podrá convocar a las autoridades fiscales a una o varias mesas de trabajo
para encontrar la mejor solución a la problemática observada.

Publíquese el presente documento en la página oficial de esta Procuraduría.

Con fundamento en los artículos 12, fracción XIII, 30, fracción X, del Estatuto Orgánico de
la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 18 de marzo de 2014, así como 70, primer párrafo de los Lineamientos que
regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría de la Defensa del
Contribuyente, publicados en el mismo medio informativo el 27 de mayo de 2014, firma el
Subprocurador de Análisis Sistémico y Estudios Normativos.

Mtro. José Luis Figueroa Jácome.

AML/MVC/ODLR/GLM

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