Page 71 - Cultura contributiva en 12
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o se señaló al principio de este apartado, aunque no se exprese de
manera explícita el derecho al mínimo vital, las disposiciones mencio-
nadas muestran una tutela al goce de prestaciones o servicios e ingre-
sos mínimos, que aseguren a toda persona su subsistencia y un nivel de
vida digno, así como también, la satisfacción de las necesidades básicas,
lo cual podemos denominar mínimo vital.

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