Page 71 - Trabajo Ganador
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PÍTULO 3. ANÁLISIS JURÍDICO - CONTABLE DEL TRATAMIENTO FISCAL AL
QUE ESTÁN SUJETAS LAS PERSONAS FÍSICAS EN LA LEY DEL IMPUESTO
SOBRE LA RENTA.

Como lo vimos en el capítulo anterior, de acuerdo al principio de reserva de ley el
legislador queda obligado a establecer en ley, los casos, el lugar y momento en que se
genera la obligación tributaria, el sujeto pasivo que realizó tal hecho, la mecánica de
determinación y pago del impuesto; así como todas las obligaciones formales que
adicionalmente deben cumplirse1.

Asimismo, para que pueda ser posible la contribución es indispensable gravar índices
reales de capacidad contributiva. Salinas Arrambide afirma: “…el Legislador Tributario
sólo puede establecer como presupuestos de hecho de los impuestos, aquellos hechos
que puedan considerarse índices de capacidad contributiva.”2 Para saber si se grava la
capacidad contributiva es necesaria la existencia de las condiciones que determinan la
obligación de pago y que el mecanismo para su determinación sea claro.

Al respecto, la SCJN dispone que “… para que una contribución sea proporcional se
requiere que el hecho imponible del tributo, establecido por el Estado, refleje una
auténtica manifestación económica del sujeto pasivo, entendida ésta como la
potencialidad real de contribuir a los gastos públicos”3.

Por lo dicho, el objeto del presente capítulo es identificar los elementos cualitativos y
cuantitativos que configuran el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y

1 Vid. En este sentido Torruco, Salcedo, Sitlali, “El principio legalidad en el ordenamiento jurídico
mexicano”, Reforma hacendaria en la agenda de la reforma del Estado, Universidad Autónoma de
México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, México, 2009, p. 8.
2 Cfr. Salinas Arrambide, Pedro, “Elementos constitutivos del tributo”, Manual de derecho tributario,
editorial Porrúa, México, 2005, pp. 164-165.
3 Tesis Aislada, 2ª. LXXXV/2003, RUBRO: COMPENSACIÓN. EL PRINCIPIO DE
PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA ES APLICABLE A LAS CONTRIBUCIONES, NO ASÍ A LAS
FORMAS DE EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN FISCAL. Publicada en el Semanario Judicial de la
Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVII, Junio 2003, p. 289.

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