Page 12 - La facultad del Estado para cobrar contribuciones
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. La determinación de los impuestos

En el número 2 de esta Serie advertimos que el legislador tiene
la facultad de crear contribuciones mediante leyes; asimismo,
en el número 4 notamos que hay leyes fiscales que establecen
hechos hipotéticos (hechos imponibles) que de ocurrir en la
realidad, provocan el nacimiento de la obligación tributaria.
Esta obligación consiste en entregar una cantidad de dinero
al Estado a través de los distintos órganos u organismos
fiscales con facultad de recaudación (SAT, IMSS, INFONAVIT,
CONAGUA) que corresponda. Dicho pago debe realizarse
oportunamente en las fechas que indica la ley.
Pero, ¿cuánto debe pagar el contribuyente? Antes de
realizar el pago del impuesto u otra contribución, se
tiene que fijar la cantidad o importe exacto de dinero
que el contribuyente debe entregar al Estado. A esto se le
denomina “determinación de la obligación fiscal”, operación
matemática encaminada a establecer dicha cantidad
mediante la aplicación de las tasas establecidas en ley para
ese propósito a la base imponible (monto sobre el cual se
aplica la tasa).
Por regla general, corresponde a cada contribuyente
realizar la determinación de las contribuciones a su cargo,
en estos casos se habla de “autodeterminación”. En la
autodeterminación, el contribuyente reconoce que realizó el
hecho imponible y hará el cálculo para determinar la cantidad
de su obligación fiscal. Posteriormente lo comunicará a la
autoridad fiscal por medio de una declaración, para luego
pagar la cantidad correspondiente.

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