Page 13 - La facultad del Estado para cobrar contribuciones
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este modo, advertimos que el cumplimiento de la
obligación fiscal es llevado a cabo por el propio contribuyente,
pues, partiendo del principio de buena fe,10 la ley fiscal le
permite calcular y declarar voluntariamente el monto de
sus obligaciones tributarias. Si los contribuyentes pagan
su adeudo, se cumple con el ciclo tributario (nacimiento,
determinación, pago y extinción de la obligación fiscal), sin
interferencia de la autoridad.
No obstante, de manera excepcional, la autoridad fiscal
se encarga de determinar la contribución; en este caso, el
contribuyente debe proporcionar la información necesaria
dentro de los 15 días siguientes a la fecha de causación
(fecha en que se realizó el hecho imponible).11
Por otra parte, existen casos en donde la autoridad efectúa
la determinación de la obligación tributaria, principalmente
cuando se tiene sospecha de que el contribuyente no realizó
una correcta determinación de las contribuciones que le
corresponden pagar.
Las autoridades fiscales, además de la facultad recaudadora,
tienen también la facultad fiscalizadora mediante la cual
pueden realizar actividades de investigación y control
(auditorías, revisiones, inspecciones, etc.) sobre las
operaciones económicas y actos de los contribuyentes,
para comprobar si éstos, en efecto, cumplieron
debidamente con sus obligaciones fiscales al pagar
la cantidad de contribuciones que les correspondía.
Así, las facultades de fiscalización sirven para constatar
y revisar los datos presentados en la declaración del
contribuyente y, en caso de existir diferencia entre lo

10 Cfr. Arrioja Vizcaíno, Adolfo, Derecho Fiscal, 28 ed., México, Themis, 2012, p. 144.
11 Artículo 6, Código Fiscal de la Federación

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