Page 13 - Recomendación 18/2015
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Subprocuraduría de Protección de los
Derechos de los Contribuyentes

"2015, Año del Generalísimo José
María Morelos y Pavón"

1. Que el crédito fiscal número Eliminadas 1 palabras. Fundamento legal: Artículo 18 de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Motivación ver (1),
integrador de los diversos Eliminadas 1 palabras. Fundamento legal: Artículo 18 de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Motivación ver (1)
y Eliminadas 1 palabras. Fundamento legal: Artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública Gubernamental. Motivación ver (1), no se ha extinguido por
prescripción, con fundamento en el artículo 146 del Código Fiscal de la Federación, vigente a
partir del 1° de enero de 2014, con relación al artículo segundo transitorio, fracción X, del Decreto
por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Código en comento, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 09 de diciembre de 2013, en vigor a partir del 1° de enero de
2014.

2. Que del 29 de enero de 2002, fecha en que surtió efectos la última notificación personal
realizada a la contribuyente del avalúo de 07 de diciembre de 2001, correspondiente al bien
inmueble embargado a la deudora solidaria Eliminadas 4 palabras. Fundamento legal: Artículo
18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Motivación ver (1),, al 24 de marzo de 2004, fecha en que se notificó a esa Administración el
acuerdo pronunciado en el juicio de nulidad 27703/03-17-09-2, promovido por ésta, mediante el
cual se decretó la suspensión provisional del procedimiento administrativo de ejecución respecto
del crédito Eliminadas 1 palabras. Fundamento legal: Artículo 18 de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Motivación ver (1),
transcurrieron 2 años, 2 meses y 22 días.

3. Por otro lado, quedó suspendido el término a que se refiere el artículo 146 del Código Fiscal
de la Federación vigente, del 24 de marzo de 2004 al 16 de enero de 2008, fecha en que quedó
firme el oficio número 325-SAT-09-III-II-(AHS)-7701, de 31 de mayo de 2007, emitido por esa
Administración, y mediante el cual se cumplimentó la sentencia de 10 de mayo de 2004, dictada
en el juicio de nulidad antes referido.

4. Que el término de la prescripción transcurrió del 17 de enero de 2008 al 26 de agosto de
2014, fecha en que el contribuyente presentó solicitud de declaratoria de prescripción, abarcando
6 años, 7 meses y 10 días, haciendo un total de tiempo transcurrido de 8 años, 10 meses y 2 días,
aún insuficientes para declararlo prescrito.

5. Que si bien es cierto que la autoridad recaudadora llevó a cabo diversos actos relacionados
con el procedimiento administrativo de ejecución los días 22 de enero de 2003 y 17 de mayo de
2013 respecto del mencionado crédito fiscal, también lo es que éstos no se realizaron

FO-QR-ACRE Acuerdo de Recomendación Versión 1.0

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