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Subprocuraduría de Protección de los
Derechos de los Contribuyentes
"2015, Año del Generalísimo
José María Morelos y Pavón”.

reembolsos por los Eliminadas 1 palabras. Fundamento legal: Artículo 18 de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Motivación ver (1) emitidos y
facturados durante el ejercicio 2004” y, a continuación, la autoridad estima que el importe total de los
Eliminadas 1 palabras. Fundamento legal: Artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Gubernamental. Motivación ver (1) facturados, como se desprende del propio
consecutivo de facturación de la contribuyente, fueron depositados en diversas cuentas bancarias a su
nombre, concluyendo por tanto que dichos montos: “corresponden a ingresos omitidos para efectos de
este impuesto que se consideran acumulables en virtud de que de conformidad con las disposiciones
fiscales la contribuyente visitada debió de acumular la totalidad de los ingresos percibidos…
considerando que la visitada emitió facturas de ingresos en las que además de los importes
correspondientes al concepto de Comisiones los cuales fueron declarados, se incluyen importes
correspondientes al importe facial total de los Eliminadas 1 palabras. Fundamento legal: Artículo 18
de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Motivación ver
(1) entregados…”. Es decir que la autoridad estimó que todo el monto o importe facial de los
Eliminadas 1 palabras. Fundamento legal: Artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Gubernamental. Motivación ver (1) era ingreso acumulable de la
contribuyente y no solo su comisión porque, a su decir y en forma por demás genérica y dogmática,
descalificó todos los elementos exhibidos por la contribuyente para concluir que no había demostrado
que los importes de cada Eliminadas 1 palabras. Fundamento legal: Artículo 18 de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Motivación ver (1) emitido
hubieran sido reembolsados.

Todavía con posterioridad, la contribuyente presentó nuevos escritos donde exhibió CD’s conteniendo
papeles de trabajo y la propia autoridad, a fojas 1,182 reconoce que el papel de trabajo exhibido:
“contiene la Conciliación de la emisión de Eliminadas 1 palabras. Fundamento legal: Artículo 18 de la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Motivación ver (1)
2004 contra lo facturado, así como conciliación del total facturado contra total reembolsado en forma
global anual” y además: “por el mes de febrero y diciembre de 2004 se proporciona la totalidad de la
emisión de Eliminadas 2 palabras. Fundamento legal: Artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia
y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Motivación ver (1) por el ejercicio de 2004 en dos
CD”.

Ahora bien, la autoridad revisora y emisora de la liquidación no desconoce que la contribuyente
exhibió todos estos elementos; sin embargo, los desestima nuevamente en forma sumaria por
considerar que “en dicho papel, no se puede identificar a qué factura de comisión corresponden los
pagos ya que en el mismo no consta el número de la factura que en su caso se emitió, ni el cheque o
transferencia efectuado por el pago” ni tampoco se consigna referencia alguna al número de
Eliminadas18 palabras. Fundamento legal: Artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Gubernamental. Motivación ver (1) reembolsado.

FO-QR-ACRE Acuerdo de Recomendación Versión 1.0

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