Page 106 - Trabajo Ganador
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ca mantener un sistema tributario justo.

Cuando hay una exención extrafiscal contraria a la capacidad económica, de inmediato
se reduce la justicia en el reparto de la renta. Y en caso de que tal exención produjera
una mayor renta global distribuible con las técnicas idóneas, de cualquier modo ya se
habría provocado la injusticia entre los menos privilegiados pudiendo expresar su
inconformidad mediante la evasión tributaria, o incluso alteraciones violentas en la
comunidad96.

Estamos a favor de dejar exentos los ingresos derivados de transferencias sociales,
como subsidios y prestaciones de previsión social otorgadas por el Estado, pues no
tendría sentido recaudar un impuesto que el mismo ya distribuyó a los contribuyentes.
Si el ingreso por dichos apoyos se gravara, el Estado estaría gravando dos veces la
misma renta, pues el origen de éstos no es otro que la recaudación fiscal.

Adicionalmente, nos permitimos cuestionar por qué no habríamos de considerar como
renta los ingresos obtenidos por derechos de autor, premios por concursos científicos,
literarios o artísticos, pues acaso los ingresos obtenidos por sus actividades no reflejan
un incremento en su riqueza y por tanto la capacidad contributiva del sujeto que las
recibe. Al respecto, la única justificación válida que encontramos se relaciona con el
objetivo de incentivar el trabajo artístico y literario en pro del desarrollo cultural de
nuestro país. Sin embargo, habría que preguntarnos si es justo que quienes tienen
rentas anuales millonarias por la realización de estas actividades queden exentos del
pago del impuesto, mientras quienes obtengan rentas modestas sí estén obligados a
pagar un impuesto sólo porque este proviene de una fuente distinta. Por tanto, creemos
que habría que comparar los beneficios reales obtenidos por la aplicación de estas
medidas contra el que se obtendría con una base tributaria más amplia.

Otro caso es el de los ingresos exentos por la enajenación de acciones a través de la

96 Pont Mestres, Op. cit., pp. 377-378.

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