Page 38 - Trabajo Ganador
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el contrario, estimamos importante la conservación de la fuente, pues si se agota el
capital productivo ya no habrá más con que producir ingresos y por consecuencia renta
gravable.
Apoyamos la postura de Schanz, quien propone determinar la renta basándose en la
capacidad de pago del sujeto en concreto, esto considerando que la capacidad se
determina según las necesidades individuales y familiares de cada quién. Es decir,
estamos convencidos de la consideración de los gastos destinados a la satisfacción de
necesidades, pero sólo a través del acreditamiento no conforme al criterio de
disposición. Pues sí sólo catalogamos como renta lo consumido dejando exento lo
ahorrado, estaremos dando un trato indiscriminado a las rentas inferiores. Es decir, a
quienes tienen la necesidad de gastar la totalidad de sus ingresos para la satisfacción
de sus necesidades, respecto a quienes tienen una renta superior, que alcanza para
satisfacer sus necesidades y sobra para destinarla al ahorro.
1.2. Identificación de los tipos de renta.
Como hemos visto, son variados los criterios para definir que conceptos deben
considerarse parte de la renta para efectos del ISR, así como cuales no son sujetos al
pago del impuesto.
Asimismo, ha existido un amplio debate sobre la cuantificación de la base sobre la cual
se calcula el impuesto. Hay quienes pueden considerar, bajo el argumento de una base
tributaria amplia, que el impuesto debe calcularse sobre la totalidad de los ingresos
obtenidos. Afortunadamente, con el paso del tiempo, tal idea ha sido cada vez más
descartada y sustituida por la de una base que disminuye los gastos que son
necesarios para la producción del ingreso, e incluso los que son indispensables para
dar una vida digna al contribuyente y a su familia.
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capital productivo ya no habrá más con que producir ingresos y por consecuencia renta
gravable.
Apoyamos la postura de Schanz, quien propone determinar la renta basándose en la
capacidad de pago del sujeto en concreto, esto considerando que la capacidad se
determina según las necesidades individuales y familiares de cada quién. Es decir,
estamos convencidos de la consideración de los gastos destinados a la satisfacción de
necesidades, pero sólo a través del acreditamiento no conforme al criterio de
disposición. Pues sí sólo catalogamos como renta lo consumido dejando exento lo
ahorrado, estaremos dando un trato indiscriminado a las rentas inferiores. Es decir, a
quienes tienen la necesidad de gastar la totalidad de sus ingresos para la satisfacción
de sus necesidades, respecto a quienes tienen una renta superior, que alcanza para
satisfacer sus necesidades y sobra para destinarla al ahorro.
1.2. Identificación de los tipos de renta.
Como hemos visto, son variados los criterios para definir que conceptos deben
considerarse parte de la renta para efectos del ISR, así como cuales no son sujetos al
pago del impuesto.
Asimismo, ha existido un amplio debate sobre la cuantificación de la base sobre la cual
se calcula el impuesto. Hay quienes pueden considerar, bajo el argumento de una base
tributaria amplia, que el impuesto debe calcularse sobre la totalidad de los ingresos
obtenidos. Afortunadamente, con el paso del tiempo, tal idea ha sido cada vez más
descartada y sustituida por la de una base que disminuye los gastos que son
necesarios para la producción del ingreso, e incluso los que son indispensables para
dar una vida digna al contribuyente y a su familia.
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