Page 94 - Trabajo Ganador
P. 94
visional, la base liquidable para los pagos provisionales varía en cada régimen. Por
consiguiente, la determinación de la misma se explicará con detalle en el desarrollo de
cada uno de los regímenes.

c.4. Base liquidable para el impuesto del ejercicio.

El artículo 177 de la LISR, establece que para el cálculo del impuesto del ejercicio se
sumarán los ingresos acumulados, menos las deducciones autorizadas en cada
sección, presentando la utilidad fiscal determinada73.

Al resultado obtenido se disminuyen las llamadas deducciones personales del artículo
176 de la LISR. Al respecto, es importante que analicemos si son suficientes para
determinar una base liquidable conforme a una renta neta subjetiva. Las deducciones
contempladas son:

I. Honorarios por servicios médicos, dentales y gastos hospitalarios para el
contribuyente o sus dependientes económicos74.

II. Gastos funerales en la parte que no exceda de un salario mínimo general de la
zona del contribuyente elevado al año, para los dependientes económicos.

III. Donativos no onerosos ni remunerativos de acuerdo a la LISR, hasta por un
monto que no exceda del 7% de los ingresos acumulables utilizados para
calcular el impuesto del ejercicio anterior antes de aplicar las deducciones del
artículo 176 LISR.

IV. Intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios
para la compra de su casa habitación, con instituciones del sistema financiero,
sin que dicho crédito exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión.

73 La utilidad fiscal se determina en el régimen de ingresos por actividades empresariales y profesionales
de acuerdo al artículo 130 de la LISR.
74 Nos referimos con el término “dependientes económicos” al conyugue, concubino, ascendientes y
descendientes en línea recta, siempre que ellos no perciban en el año de calendario ingresos iguales o
superiores a un salario mínimo general de la zona del contribuyente elevado al año, como lo establece el
artículo 176, fracción I, de la LISR.

80
   89   90   91   92   93   94   95   96   97   98   99