Page 9 - Malas Practicas
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entendimiento mutuo de las necesidades y aspiraciones de las partes y el
desarrollo de herramientas y técnicas apropiadas para satisfacer esas
necesidades. La OCDE ha destacado que la confianza entre los sujetos de la
relación jurídico-tributaria es fundamental para el éxito a largo plazo de la relación
mejorada.12
Actualmente, el concepto de relación mejorada ha evolucionado al de
“cumplimiento cooperativo” por ser más exacto, dado que no solo denota el
proceso de cooperación (la relación), sino que demuestra también su finalidad (el
cumplimiento) como componente integral de la relación jurídico-tributaria.13
En el caso que nos ocupa, el cobro persuasivo puede enmarcarse dentro de las
actividades de la Administración Tributaria para la materialización de esta relación
mejorada o cumplimiento cooperativo. Como destaca la propia OCDE, la relación
cooperativa no es un fin en sí mismo, sino que funge como medio para el
cumplimiento de las obligaciones tributarias.14
Desde este enfoque de cobro persuasivo como parte del derecho del
contribuyente a ser informado y asistido, no sólo se cumple con el objetivo
principal de toda Administración Tributaria, la recaudación de las contribuciones,
sino también se construye un fuerte vínculo de cooperación en donde el
contribuyente cumple porque le resulta más fácil y entendible cumplir
voluntariamente con sus obligaciones, además de advertir los beneficios de dicho
cumplimiento.
12 Cfr. OECD Tax Intermediaries Study, “Working Paper 6 – The Enhanced Relationship”, OCDE,
julio de 2007, pp. 1-3, http://www.oecd.org/tax/administration/39003880.pdf. Fecha de consulta: 8
de mayo de 2015.
13 Cfr. OECD, Co-operative compliance: A framework. From enhanced relationship to co-operative
compliance, OECD Publishing, 2013, p. 16, http://dx.doi.org/10.1787/9789264200852-en. Fecha de
consulta: 8 de mayo de 2015.
14 Cfr. OECD Tax Intermediaries Study, “Working Paper 6 – The Enhanced Relationship”, op. cit.
nota 12, p. 5.
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