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Preguntas y respuestas
1. En tu experiencia como litigante, y a pesar de que el profesor Osvaldo Casás haya dejado
fuera de la mesa de debate el tema del arbitraje tributario en Argentina, ¿valdría la pena
retomar esa discusión? y ¿podría ser de beneficio el arbitraje tributario o es una institución
que no se requiere en la Argentina?
María Inés Giménez: Me parece que hay un dato que falta y que es necesario mencionarle al
público. La declaración en contra del arbitraje que mencioné fue firmada por profesores titulares
de la Universidad de Buenos Aires que, al mismo tiempo, son o han sido jueces del Poder Judicial
de la Nación o del Tribunal Fiscal.
Por otra parte, me parece que lo fundamental no es el “sí” o el “no” al arbitraje, sino preguntarnos
si el arbitraje es posible jurídicamente. La respuesta es sí, sin ninguna duda.
Como comenté en mi participación, todos los valladares constitucionales planteados son
absolutamente superables con que exista un marco normativo que haga respetar el principio
de igualdad, que garantice el acceso de todos los contribuyentes al arbitraje y que garantice el
respeto al principio de indisponibilidad de la renta pública. En el arbitraje, en definitiva lo que se
decide es si la pretensión fiscal está bien o no, pero no hay disponibilidad.
En cuanto a la garantía de un juez natural, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido
que esto tiene que ver con que si quien decide está dotado de independencia e imparcialidad y,
al mismo tiempo, con el derecho del particular de acceso a la justicia.
Entonces, esto se puede superar de dos maneras: dotando al Tribunal Arbitral de imparcialidad e
independencia o mediante una revisión judicial posterior en los casos que sea necesario.
Así, las objeciones quedan superadas, pero entonces viene la interesante pregunta: ¿es necesario
el arbitraje tributario en la Argentina?
En la medida en que el Tribunal Fiscal y los tribunales específicos en materia contenciosa tributaria
dentro del ámbito el Poder Judicial sigan funcionando como lo está haciendo, el arbitraje en la
Argentina no será un tema esencial.
El arbitraje es importante para los contribuyentes desprotegidos, los pequeños contribuyentes,
porque no hay un PRODECON en la órbita de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
y cuando el tributo determinado y la multa son inferiores a 75 mil y 50 mil pesos, están fuera de la
competencia del Tribunal Fiscal.
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