Page 198 - Trabajo Ganador
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lo mismo aun cuando los contribuyentes reflejen la misma capacidad de contribuir,
por el sólo hecho de que pertenecen a un régimen diferente.

8. El impuesto no cumple con el principio de progresividad, pues aunque aplica una
tarifa progresiva, el objetivo no se logra porque la base no refleja la verdadera
capacidad contributiva del sujeto.

9. En ninguno de los regímenes analizados se considera la capacidad contributiva
subjetiva del contribuyente. Sólo el régimen de ingresos por actividad empresarial y
profesional respeta el principio de capacidad contributiva objetiva. Es el único que
tiene derecho a la deducción de todos los gastos necesarios para la producción del
ingreso.

10. Quienes tributan en el régimen de sueldos y salarios son los que más aportan a la
recaudación total, y también son los más discriminados. No tienen el reconocimiento
de ninguno de los gastos que realizan para la producción del ingreso. Tampoco,
tienen un impuesto progresivo, pues al revisar los cálculos nos damos cuenta de
que la tasa efectiva de ISR para los contribuyentes de ingresos medianos es mayor
que para los de las rentas más altas. Esto sucede, porque las únicas deducciones
que la ley les permite son disfrutadas por los contribuyentes de rentas más altas.

11. El régimen de actividad empresarial y profesional es el más beneficiado por el ISR.
Tiene el reconocimiento de la totalidad de los gastos productivos, sólo no son
deducibles los gastos que se no se consideran estrictamente indispensables, y que
por tanto, puede abstenerse de realizar. Adicionalmente, tiene derecho a la
deducción de los gastos personales. Nos atrevemos a afirmar que la justificación de
nuestros gobernantes es dar un apoyo a las empresas para que éstas puedan
generar empleos, de acuerdo al punto de vista de la ideología de barreras y frenos.

12. Aunque puede argumentarse que la empresa paga otros impuestos a los que el
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