Page 87 - Trabajo Ganador
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b. Sujeto.
b.1. Sujeto pasivo.
La realización del hecho imponible genera una deuda tributaria a cargo del
contribuyente, y por ende un crédito a favor del Estado, de ahí la importancia de definir
quienes son los sujetos del presupuesto de hecho49.
Pese a que la LISR y el CFF no aportan definición alguna de sujeto pasivo o
contribuyente. Tras la lectura de los artículo 1 y 6 del CFF, como lo explica Alvarado
Esquivel, interpretamos que el sujeto pasivo o contribuyente será “…la persona física o
moral que realiza las situaciones jurídicas o de hecho previstas en las leyes
fiscales…”50.
Conforme a este criterio, podemos definir que el sujeto pasivo en el ISR es toda
persona física o moral realizadora del hecho imponible, que sea residente en el
territorio nacional o que sea residente en el extranjero con un establecimiento
permanente en México, cuando hubiere obtenido ingresos por dicho establecimiento51.
El impuesto en mención se trata de uno de los tributos más directos y menos
trasladables, por su objeto y su método de imposición, debido a que grava la capacidad
económica del contribuyente52, a pesar de que sólo sea de acuerdo al principio neto
objetivo.
49 Cfr. Sáinz de Bujanda, Fernando, Op. cit., p. 347.
50 Alvarado Esquivel, Miguel, “Los sujetos de la potestad de imposición”, Manual de derecho tributario, ed.
Porrúa, México, 2005, p. 197.
51 Cfr. Artículo 106, primer párrafo, LISR.
52 Cfr. Casado Ollero, Gabriel, Op. cit., p. 31.
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b.1. Sujeto pasivo.
La realización del hecho imponible genera una deuda tributaria a cargo del
contribuyente, y por ende un crédito a favor del Estado, de ahí la importancia de definir
quienes son los sujetos del presupuesto de hecho49.
Pese a que la LISR y el CFF no aportan definición alguna de sujeto pasivo o
contribuyente. Tras la lectura de los artículo 1 y 6 del CFF, como lo explica Alvarado
Esquivel, interpretamos que el sujeto pasivo o contribuyente será “…la persona física o
moral que realiza las situaciones jurídicas o de hecho previstas en las leyes
fiscales…”50.
Conforme a este criterio, podemos definir que el sujeto pasivo en el ISR es toda
persona física o moral realizadora del hecho imponible, que sea residente en el
territorio nacional o que sea residente en el extranjero con un establecimiento
permanente en México, cuando hubiere obtenido ingresos por dicho establecimiento51.
El impuesto en mención se trata de uno de los tributos más directos y menos
trasladables, por su objeto y su método de imposición, debido a que grava la capacidad
económica del contribuyente52, a pesar de que sólo sea de acuerdo al principio neto
objetivo.
49 Cfr. Sáinz de Bujanda, Fernando, Op. cit., p. 347.
50 Alvarado Esquivel, Miguel, “Los sujetos de la potestad de imposición”, Manual de derecho tributario, ed.
Porrúa, México, 2005, p. 197.
51 Cfr. Artículo 106, primer párrafo, LISR.
52 Cfr. Casado Ollero, Gabriel, Op. cit., p. 31.
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