Page 23 - Foro Reflexiones sobre las tareas y retos de la Justicia Fiscal
P. 23
El año 2000 fue un parte aguas porque al ser competente respecto de cuestiones
contenidas en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se empezó a hablar de
que ya estábamos llegando a la plena jurisdicción. Siguiendo con este recuento, en el
2004 atendimos varias cuestiones de responsabilidad patrimonial del Estado.

Ahora, por lo que toca a nuestras atribuciones, hemos rebasado lo fiscal al
atender multas administrativas federales no fiscales, pensiones, obra pública,
responsabilidades administrativas, fianzas, comercio exterior y tratados
internacionales. Sin embargo, les quisiera recordar que nuestro Tribunal nació
siendo un tribunal mixto. El contencioso francés tiene dos extremos: el contencioso
de mera anulación, y la plena jurisdicción.

El contencioso de mera anulación ni siquiera se lleva como juicio ya que únicamente
se solicita un informe a la autoridad respecto de sus actos y resuelve sobre la anulación
de la resolución impugnada.

El contencioso de plena jurisdicción, en cambio, tutela derechos subjetivos.
Obviamente se lleva en forma de juicio y tanto la autoridad como el particular
son partes. Además, hay medios para hacer cumplir las sentencias y una serie
de cuestiones que permiten tutelar al particular y que el acto administrativo se
desarrolle de conformidad con la ley.

Nacimos siendo un contencioso mixto, teníamos elementos de mera anulación y
elementos de plena jurisdicción, pero a partir del 2000 ya somos un Tribunal de
plena jurisdicción y con casi plena competencia en materia administrativa.

Ahora hablemos de la integración del Tribunal. El Tribunal se integra por una
Sala Superior dividida en dos secciones; 46 Salas Regionales de las cuales 11 son
metropolitanas, 3 son especializadas y 6 son auxiliares, que como su nombre lo indica,
concluyen los asuntos que por carga de trabajo otras no pueden concluir; y una Junta
de Gobierno y Administración integrada por 2 Magistrados de Salas Regionales, 2
Magistrados de Sala Superior y su servidor.

Les hablo de estas cosas tan aburridas porque quiero que vean la evolución del
Tribunal. En 1978 el Tribunal se integraba por 6 o 7 Salas, en la actualidad, 2014, tiene
46 Salas Regionales más una Sala Superior.

Ahora bien, en cuanto a número de asuntos, en 1998 se tramitaron 40 mil; 16 años
después, en 2014, esperamos atender 160 mil asuntos, aunque probablemente sean
más. Cabe mencionar que en 2006 tuvimos 232 mil asuntos.

Vean el tipo de materias que atendemos, prácticamente todas; evidentemente
nacimos siendo un Tribunal tributario, y seguimos siéndolo en aproximadamente un
60%, pero vemos otras cuestiones de muchísima importancia.

22
   18   19   20   21   22   23   24   25   26   27   28