Page 164 - Trabajo Ganador
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tribuirá al sostenimiento de los gastos públicos”21.

Cabe señalar que en México no solemos utilizar el término de subvenciones, pero
podemos considerarlas que son similares a lo que nosotros llamamos subsidios o
transferencias gubernamentales.

4.2. Mínimo exento familiar.

Como ya lo hemos dicho con anterioridad el mínimo exento debe ser suficiente para
cubrir tanto las necesidades personales como familiares para tener una vida digna. Es
importante considerar la dimensión familiar para determinar adecuadamente la
capacidad de pago que tiene cada contribuyente22.

Pese a que hay quienes consideren que el costo de vida disminuye tras la agrupación
de personas en una misma vivienda, en realidad “…la capacidad económica de la
unidad contribuyente está en función inversa del número de personas dependientes de
ella…”23. Es necesario considerar que las circunstancias de cada núcleo familiar son
distintas, algunos tienen la percepción de más de una renta y pocos dependientes,
mientras que hay otros en los que varias personas dependen de una única renta. Así
que, la sola consideración de la cuantía de la renta no refleja la aptitud contributiva
subjetiva de cada uno.

21 Ibid., p. 16.
22 La doctrina mayoritaria ha sostenido la necesidad de que el mínimo exento tenga en cuenta la
dimensión familiar del sujeto. Al respecto, ver Casado Ollero, Gabriel, Op. cit., García Frías, Ángeles, “El
Mínimo de existencia en el Impuesto sobre la Renta alemán”, “Balance de la Jurisprudencia del Tribunal
Constitucional Alemán sobre el impuesto sobre la renta”, Op. cit., González García, Eusebio, “Tributación
individual frente a tributación conjunta en el IRPF”, Colección Jurisprudencia Práctica, ed. Tecnos,
Madrid, 1991. González Ortiz, Diego, Op. cit., Herrera Molina, Pedro, Op. Cit., Zárate Marco, Anabel, Op.
Cit., Soler Roch, María Teresa. “Subjetividad tributaria y capacidad económica de las personas integradas
en unidades familiares”, Civitas Revista Española de Derecho Financiero, no. 66, abril-julio, 1990., Lang,
Joachim, “Tributación Familiar”, Hacienda Pública Española, no. 94, 1985, entre otros.
23 Zárate Marco, Anabel, Op. cit., p. 90.

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