Page 20 - Trabajo Ganador
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nuestra opinión, la postura de Meyer tiene sentido, pues un ingreso obtenido por
primera vez será utilizado para el ahorro o el consumo. Si el sujeto elige la segunda
opción, puede ser que lo destine tanto para la satisfacción de necesidades como de
lujos, lo que le dará un determinado nivel de vida que seguramente buscará mantener.
Por tal motivo, esto más tarde lo impulsará a trabajar por la obtención de un ingreso de
cuantía similar al anterior para poder mantener su status económico y social. Es decir,
se generará la búsqueda de un ingreso periódico que, desde este punto de vista, podrá
ser considerado como renta.
Sin embargo, es importante ver que con la única condicionante de la periodicidad del
ingreso podrán presentarse controversias respecto a la definición de la renta
dependiendo del tipo de ingreso. Si bien es cierto, en esencia la postura de periodicidad
contempla como renta todo aquel ingreso que es repetitivo, siempre puede haber casos
concretos, en los que un tipo de ingreso que por definición no es periódico se perciba
con regularidad.
Al respecto, Wueller explica que hay dos puntos de vista del criterio de periodicidad: 1)
La interpretación de la categoría, que considera como renta las acumulaciones que
se repiten en la economía total del grupo; y 2) La interpretación del perceptor, que
delimita la renta como las acumulaciones netas que se repiten en la economía de un
determinado individuo17.
Basado en el estricto criterio de periodicidad o regularidad del ingreso, Cohn sólo
considera como renta “…la suma de bienes de que se puede disponer en el intercambio
regular de una economía doméstica”18. No ubica como tal los ingresos que en teoría
17 Cfr. Wueller, Paul, Op. cit., p. 259.
18 Por lo que podríamos pensar que Cohn no sólo se basa en el criterio de periodicidad de la fuente, sino
que además considera de cierto modo la productividad, criterio que se tratará un poco más adelante, al
utilizar en su definición las palabras “intercambio regular de una economía domestica”, lo que
relacionamos con la realización de actividades económicas. Cfr. Simons. Henry, Op. cit., p.205.
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primera vez será utilizado para el ahorro o el consumo. Si el sujeto elige la segunda
opción, puede ser que lo destine tanto para la satisfacción de necesidades como de
lujos, lo que le dará un determinado nivel de vida que seguramente buscará mantener.
Por tal motivo, esto más tarde lo impulsará a trabajar por la obtención de un ingreso de
cuantía similar al anterior para poder mantener su status económico y social. Es decir,
se generará la búsqueda de un ingreso periódico que, desde este punto de vista, podrá
ser considerado como renta.
Sin embargo, es importante ver que con la única condicionante de la periodicidad del
ingreso podrán presentarse controversias respecto a la definición de la renta
dependiendo del tipo de ingreso. Si bien es cierto, en esencia la postura de periodicidad
contempla como renta todo aquel ingreso que es repetitivo, siempre puede haber casos
concretos, en los que un tipo de ingreso que por definición no es periódico se perciba
con regularidad.
Al respecto, Wueller explica que hay dos puntos de vista del criterio de periodicidad: 1)
La interpretación de la categoría, que considera como renta las acumulaciones que
se repiten en la economía total del grupo; y 2) La interpretación del perceptor, que
delimita la renta como las acumulaciones netas que se repiten en la economía de un
determinado individuo17.
Basado en el estricto criterio de periodicidad o regularidad del ingreso, Cohn sólo
considera como renta “…la suma de bienes de que se puede disponer en el intercambio
regular de una economía doméstica”18. No ubica como tal los ingresos que en teoría
17 Cfr. Wueller, Paul, Op. cit., p. 259.
18 Por lo que podríamos pensar que Cohn no sólo se basa en el criterio de periodicidad de la fuente, sino
que además considera de cierto modo la productividad, criterio que se tratará un poco más adelante, al
utilizar en su definición las palabras “intercambio regular de una economía domestica”, lo que
relacionamos con la realización de actividades económicas. Cfr. Simons. Henry, Op. cit., p.205.
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