Page 21 - Trabajo Ganador
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irregulares, como herencias ni ganancias por suerte19. Es decir, puede decirse que
él generaliza que estos ingresos siempre son irregulares.
Por el contrario, podemos ver como Wagner20 analiza casos concretos, pues califica
como renta la limosna y los donativos cuando son regulares, pero no incluye los
ingresos por donativos ocasionales, herencias y legados, aun cuando éstos
correspondan a montos considerables. Si bien es cierto, él se apega estrictamente al
criterio de periodicidad21, se puede observar que no cataloga generalizadamente como
regulares a ciertos tipos de ingresos, sino más bien busca determinar si son o no
regulares para considerarlos como renta.
En contra de las dos anteriores opiniones, nos enfocamos en la identificación de la
regularidad de cada ingreso en concreto, para determinar si es o no renta, podría ser
insuficiente, puesto que habrá casos en los que el ingreso obtenido por única vez sea
de cuantía superior al ingreso recibido diariamente durante todo un año, y es entonces,
cuando podrían presentarse injusticias en la determinación de la renta.
Situación que Schanz claramente ejemplifica haciendo alusión a que, apegado
estrictamente al criterio de la regularidad, al entregar semanalmente seis marcos a una
familia necesitada, dicho ingreso es considerado como renta, mientras que cuando se le
hace un único donativo de 200 marcos se considera que no tiene renta. Y dando
también el ejemplo extremo de un limosnero al que se le entregarían por única ocasión
365 marcos, por lo que dejará de mendigar durante todo un año para obtener un marco
diario que le sería considerado como renta22. Es entonces donde, como lo afirma el
autor, se caerían en situaciones ridículas23, al considerar como renta ingresos
19 Cfr. Schanz, Georg Von, Op. cit., pp. 160.
20 Ibid., p. 161.
21 El criterio sostenido por Wagner fue el de la regularidad del ingreso, sin embargo, Schanz considera
que este autor no concluye si hay que considerar como renta las sumas de bienes o valores que se
obtienen de manera irregular pero que sí constituyen un incremento patrimonial. Cfr. Id.
22 Cfr. Ibid., p. 162.
23 Cfr. Id.
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él generaliza que estos ingresos siempre son irregulares.
Por el contrario, podemos ver como Wagner20 analiza casos concretos, pues califica
como renta la limosna y los donativos cuando son regulares, pero no incluye los
ingresos por donativos ocasionales, herencias y legados, aun cuando éstos
correspondan a montos considerables. Si bien es cierto, él se apega estrictamente al
criterio de periodicidad21, se puede observar que no cataloga generalizadamente como
regulares a ciertos tipos de ingresos, sino más bien busca determinar si son o no
regulares para considerarlos como renta.
En contra de las dos anteriores opiniones, nos enfocamos en la identificación de la
regularidad de cada ingreso en concreto, para determinar si es o no renta, podría ser
insuficiente, puesto que habrá casos en los que el ingreso obtenido por única vez sea
de cuantía superior al ingreso recibido diariamente durante todo un año, y es entonces,
cuando podrían presentarse injusticias en la determinación de la renta.
Situación que Schanz claramente ejemplifica haciendo alusión a que, apegado
estrictamente al criterio de la regularidad, al entregar semanalmente seis marcos a una
familia necesitada, dicho ingreso es considerado como renta, mientras que cuando se le
hace un único donativo de 200 marcos se considera que no tiene renta. Y dando
también el ejemplo extremo de un limosnero al que se le entregarían por única ocasión
365 marcos, por lo que dejará de mendigar durante todo un año para obtener un marco
diario que le sería considerado como renta22. Es entonces donde, como lo afirma el
autor, se caerían en situaciones ridículas23, al considerar como renta ingresos
19 Cfr. Schanz, Georg Von, Op. cit., pp. 160.
20 Ibid., p. 161.
21 El criterio sostenido por Wagner fue el de la regularidad del ingreso, sin embargo, Schanz considera
que este autor no concluye si hay que considerar como renta las sumas de bienes o valores que se
obtienen de manera irregular pero que sí constituyen un incremento patrimonial. Cfr. Id.
22 Cfr. Ibid., p. 162.
23 Cfr. Id.
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