Page 49 - Trabajo Ganador
P. 49
a. Igualdad vertical.
Para cumplir con la equidad vertical suelen utilizarse tarifas progresivas cuyas tasas
impositivas se incrementan conforme lo hace el ingreso, o algunos otros mecanismos,
como exenciones y exclusiones27. Empero, también puede utilizarse una tasa fija para
todos los niveles de renta, provocando así una tributación proporcional. La elección
dependerá de la concepción de justicia fiscal que se tenga en mente. Hay quienes
suelen defender la idea de que la tributación debe ser de forma proporcional para ricos
y pobres, que la tributación debe ser más progresiva para los ricos, o que la tributación
debe ser más regresiva para los ricos que para los pobres28.
A pesar de que tanto el principio de progresividad como el de proporcionalidad buscan
una tributación de acuerdo al principio de capacidad contributiva29, en nuestra opinión,
la progresividad permite alcanzar un nivel de justicia superior al de la aplicación del
principio de proporcionalidad. No debemos olvidar que una de las cualidades del
impuesto directo es la utilización de tarifas progresivas que lo hacen más justo en
comparación con los impuestos directos, que utilizan tasas fijas sin considerar el nivel
de renta.
Aunque sin duda hay opiniones contrarias, como la de Hayek quien sostiene que “la
observancia del principio de progresividad es un castigo de los económicamente hábiles
y eficaces, y un premio a los económicamente incapaces”30, lo que podemos entender
como una tributación regresiva. O quienes bajo la idea de que el sistema tributario debe
ser neutral, defienden una tributación proporcional, dando como resultado que los
distintos estratos económicos de la sociedad permanezcan en las mismas
circunstancias después de contribuir, en lugar de que los impuestos se utilicen como un
27 Cfr. Id.
28 Cfr. Domínguez Crespo, César Augusto, Op. cit., pp. 6-7.
29 Cfr. Zárate Marco, Anabel, Op. cit., p. 90.
30 Ver en Domínguez Crespo, César Augusto, Op. cit., p. 8.
35
Para cumplir con la equidad vertical suelen utilizarse tarifas progresivas cuyas tasas
impositivas se incrementan conforme lo hace el ingreso, o algunos otros mecanismos,
como exenciones y exclusiones27. Empero, también puede utilizarse una tasa fija para
todos los niveles de renta, provocando así una tributación proporcional. La elección
dependerá de la concepción de justicia fiscal que se tenga en mente. Hay quienes
suelen defender la idea de que la tributación debe ser de forma proporcional para ricos
y pobres, que la tributación debe ser más progresiva para los ricos, o que la tributación
debe ser más regresiva para los ricos que para los pobres28.
A pesar de que tanto el principio de progresividad como el de proporcionalidad buscan
una tributación de acuerdo al principio de capacidad contributiva29, en nuestra opinión,
la progresividad permite alcanzar un nivel de justicia superior al de la aplicación del
principio de proporcionalidad. No debemos olvidar que una de las cualidades del
impuesto directo es la utilización de tarifas progresivas que lo hacen más justo en
comparación con los impuestos directos, que utilizan tasas fijas sin considerar el nivel
de renta.
Aunque sin duda hay opiniones contrarias, como la de Hayek quien sostiene que “la
observancia del principio de progresividad es un castigo de los económicamente hábiles
y eficaces, y un premio a los económicamente incapaces”30, lo que podemos entender
como una tributación regresiva. O quienes bajo la idea de que el sistema tributario debe
ser neutral, defienden una tributación proporcional, dando como resultado que los
distintos estratos económicos de la sociedad permanezcan en las mismas
circunstancias después de contribuir, en lugar de que los impuestos se utilicen como un
27 Cfr. Id.
28 Cfr. Domínguez Crespo, César Augusto, Op. cit., pp. 6-7.
29 Cfr. Zárate Marco, Anabel, Op. cit., p. 90.
30 Ver en Domínguez Crespo, César Augusto, Op. cit., p. 8.
35