Page 60 - Trabajo Ganador
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o subjetivo, que no es otra cosa que hacerlo de acuerdo a la capacidad contributiva
subjetiva de cada quien.

Este principio ha estado presente desde tiempos de Roma, cuando se elaboraba un

censo de población para conocer la riqueza de los ciudadanos, y conforme a la misma
determinar su contribución para las armas del ejército46.

Sólo “Se debe pagar lo que se puede pagar”, es vergonzoso obligar al contribuyente a
que realice un pago más allá de sus posibilidades. No es justo que para contribuir al
Estado sacrifique su dignidad y la de su familia, privándose de la realización de gastos
para satisfacer sus necesidades primordiales, con el objeto de aportar al gasto público.
De ahí la importancia de que la tributación sea conforme el principio de capacidad
contributiva, pues aunque no define concretamente cuánto es lo que se puede pagar, sí
es un criterio digno de considerarse para lograr una tributación más equitativa47.

Consideramos que los principios anteriores pueden resumirse en el principio de
capacidad contributiva. Es decir, si todos los sujetos aportan según su capacidad se
dará un trato de igualdad, equidad y proporcionalidad, respetando el principio de
generalidad. Según afirma Pont Mestres, la capacidad contributiva es la guía para
lograr un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y
progresividad48.

Pont Mestres49 explica de una manera muy sencilla el grado de individualización de la
capacidad contributiva del sujeto relacionándolos con los principios de justicia - lo que él
llama los 3 momentos o fases -. Lo explicaremos como nosotros lo interpretamos:

1. Capacidad Contributiva Absoluta - Principio de Generalidad. La obligación de

46 Ver Gallego Peragón, José Manuel, Op. cit., p. 78.
47 Cfr. Ibid., p. 80.
48 Cfr. Ibid., p. 98.
49 Pont Mestres, Op. cit., pp. 387-388.

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